El pasado 9 de Julio se dió a conocer la decisión de WIPO sobre el UDRP que RapidShare AG inició por el dominio rapidshare.net el pasado 18 de Abril.
WIPO ha desestimado el UDRP indicando que no ha sido posible demostrar la mala fe del registrante original (representado por Michael P Eddy, EEUU), pues el dominio fue registrado en Abril de 2005, fecha durante la cual RapidShare AG aún no operaba o no disponía de los derechos legítimos sobre la marca. El dominio no será transferido al demandante.
Hay que decir que es el único motivo por el que no ha sido aceptado el UDRP, pues si visitamos la web rapidshare.net veremos que la web ofrece búsquedas sobre resultados de Rapidshare, algo que si hubiese ocurrido con un .es seguramente hubiese sido transferido a la parte Demandante, pues la inseguridad en este tipo de procedimientos en España es muy alta.
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