Durante el mes de Octubre Nic.es subirá la nueva versión de su sistema de registro de dominios, actualizándolo a la 5.1, la cual contiene numerosas novedades, algunas más prácticas que otras.
La principal mejora es la integración de procedimientos externos (de cara al Agente Registrador) dentro de la propia herramienta de gestión de dominios .es.
Como ventaja adicional, se incorporará la posibilidad de utilizar la identificación y firma digital (mediante DNIe y cualquiera de los certificados reconocidos por Red.es). De esta forma tratan de agilizar este tipo de trámites y al mismo tiempo se da un paso más hacia la dinamización de la Sociedad de la Información.
Las mejoras a introducir son las siguientes:
Trasmisión
El Agente Registrador, igual que en la actualidad, podrá iniciar el procedimiento de transmisión de uno o varios dominios.
La principal diferencia consiste en que la solicitud, una vez iniciada por el Agente, deberá ser tramitada digitalmente (a diferencia de en papel como hasta ahora) y aceptada por todos los implicados, quienes deberán firmar la solicitud mediante DNIe o certificado reconocido antes de ser aprobada. Se mantiene la posibilidad de adjuntar fotocopia escaneada del documento de identificación por compatibilidad.
Otro cambio importante consiste en que el Agente Registrador, en el caso que una transmisión implique una transferencia, deberá aceptar explícitamente ésta para que el dominio quede bajo su gestión. De esta forma, se evitarán malentendidos a la hora de contar con el consentimiento del Agente ante cualquier cambio de gestor.
Modificación de datos de contacto
Para la modificación del NIF y el nombre/apellidos de un contacto, se deberá acreditar el cambio mediante la correspondiente firma digital (DNIe o certificado) de la solicitud, o mediante la aportación de un documento justificativo (por ejemplo, la fotocopia del NIF o documento de identificación escaneado).
Cambio de mail
El procedimiento de cambio de mail será instantáneo en caso que el sistema detecte que el DNIe o el certificado coinciden con el del contacto aportado. En caso contrario, se creará una solicitud, que deberá contener las credenciales necesarias (imagen de NIF o documento de identificación escaneado) para que pueda ser aprobada.
Cancelaciones y Procedimientos Extrajudiciales de Resolución de Conflictos (DRP)
Se han “digitalizado” los trámites eliminándose los buzones relacionados (a partir de ahora las solicitudes se deberán realizar y gestionar por la herramienta).
Hay que tener en cuenta que aunque esté disponible la opción, es de libre elección implementarlas inmediatamente por parte del Agente Registrador, por lo que seguramente veamos su implementación a largo plazo.


